¿Qué es eIDAS y qué significa para mi negocio?
Construir confianza en el ambiente
digital es la clave para el desarrollo social y económico. La percepción de una
falta de normativa legal disminuye la confianza de consumidores, negociosos y
autoridades públicas en hacer transacciones electrónicas y de adoptar nuevos
servicios.
eIDAS fue creado para dar consistencia a
las regulaciones en la Unión Europea respecto a firmas electrónicas, mejorando,
de esta manera, la confianza.
¿Qué es eIDAS?
Es una firma digital que tiene por
función principal el ser una base común para la interacción electrónica segura
entre los ciudadanos, las empresas y las autoridades públicas transversales de
las Unión Europea, implementada con el fin de aumentar la eficacia de los servicios
en línea públicos y privados, negocios electrónicos y el comercio electrónico
en la UE.
La regulación cambiará la firma digital
directiva y cualquier inconsistencia en la ley de firma digital a lo largo de
Europa. Fue aprobado por el Consejo de Asuntos Generales en julio de 2014, con
la normativa de servicios de confianza que entra en vigor el 1ero de Julio de
2016. El reconocimiento mutuo obligatorio de las identidades electrónicas (eID)
se aplicará a partir de mediados de 2018.
eIDAS cubre autenticación, sellos de
firma, los servicios de entrega registrada y marcas de tiempo.
¿Cuáles son los beneficios de eIDAS?
La firma digital directiva (Directive
1999/93/EC) lleva 15 años y carece de definiciones de obligaciones de
supervisión nacional del proveedor del servicio. Tampoco considera las nuevas
tecnologías de cuentas que se han desarrollado desde su implementación. eIDAS
traerá un nuevo escenario a la regulación de firmas digitales que apunta a:
- Hacer las transacciones entre fronteras más seguras y confiables.
- Permitir la transparencia y la estandarización en el mercado.
- Garantizar la rendición de cuentas.
- Permitir a los ciudadanos moverse a los Estados miembros reduciendo el papeleo mediante la administración online.
- Disminuir la franja roja entre negocios, significando menos costos y un aumento en las ganancias.
- Aumenta la flexibilidad y conveniencia en los servicios estatales.
¿A quién está dirigido eIDAS?
Cualquier persona o negocio operativo en
la Unión Europea que use firma electrónica para verificación de identidad y
transacciones electrónicas debiendo cumplir estas normas.
Tipo de firmas electrónicas como las define eIDAS –
Calificadas vs. Avanzadas vs. Sellos Electrónicos.
La regulación eIDAS tiene definiciones
para firmas electrónicas avanzadas (AdES) y firmas electrónicas calificadas
(QES). Estas se establecen con el fin de garantizar la coherencia en todos los
estados miembros de la UE en la forma en que la firma del documento se lleva a cabo.
Ambas AdES y QES proveen la identidad del
registrado y son equivalentes a una firma de tinta. La principal diferencia es
la aceptación por otro estado miembro de la UE (ejemplo: estados distintos al
de origen del proveedor de confianza). AdES puede ser aceptada por otro Estado miembro, pero QES debe ser aceptada. También es
importante mencionar que una AdES no negará los efectos jurídicos ni la
admisibilidad del correo como prueba en procedimientos judiciales por haberse
generado de forma electrónica o porque no cumpla los requerimientos para una
firma electrónica calificada.
Finalmente eIDAS también introduce el
reconocimiento de sellos electrónicos, que son como las firmas pero pertenecen
solamente a personas legales y corporaciones. Esto permite a las organizaciones
a firmar documentos como departamento en vez de tener que usar una forma
autorizada por la empresa. Se espera que las marcas de tiempo sean utilizadas
en todas las firmas electrónicas a fin de verificar el tiempo vinculado a la
firma.
Niveles de Aseguramiento.
El artículo 8 de la nueva regulación
establece tres niveles de garantía para los esquemas de identificación que son
directamente proporcionales a su valor legal - bajo , sustancial y alto. Sea
cual sea el nivel de garantía, los Estados que han notificado un esquema de
identidad serán responsables de este, el registro de los operadores de datos y
proveedores de identidad y autenticación incluido en el esquema notificado.
“Un nivel de aseguramiento bajo se referirá a una identificación electrónica dentro del contexto de la identificación electrónica del sistema, el cual provee un limitado grado de confidencia en la identidad reclamada o afirmada de una persona, y es caracterizada con referencias a especificaciones técnicas, normas y procedimientos relacionados con los mismos, incluidos los controles técnicos, el propósito de los cuales es disminuir el riesgo de uso indebido o alteraciones de identidad.”
Sin embargo, se puede ver cómo las
credenciales de firma existentes pueden encajar en este enfoque escalonado, por
ejemplo:
- Aseguramiento bajo: proporciona la confianza limitada en la identidad del firmante, por lo que este tipo de credencial puede sólo demostrar la propiedad de una dirección de correo electrónico.
- Aseguramiento substancial: proporciona un grado limitado de confianza en la identidad declarada de uno de los firmantes, por lo que para lograr este nivel de garantía puede que necesite demostrar la propiedad de una dirección de correo electrónico y la identidad del firmante.
- Aseguramiento alto: proporciona un alto grado de confianza en la identidad declarada de una persona. Además de demostrar la identidad de la persona, una credencial de aseguramiento alto también podría incluir la organización que el individuo representa.
Regulación eIDAS para los proveedores de servicios
confiables.
Para
que las firmas electrónicas pasen la calificación eIDAS, tienen que ser creadas
usando un certificado digital comprado por “un proveedor de servicios
confiable”, como una autoridad certificadora (AC). Es responsabilidad del
prestador de servicios confiables el seguir las directrices establecidas por
eIDAS, incluyendo:
- Verificar identidad de atributos de la persona a la que se le emitió el certificado.
- Al tener a la persona físicamente presente (para aseguramiento bajo. puede ser una presencia electrónica).
- Informar a un órgano de supervisión de cualquier cambio en la prestación de sus servicios de confianza y cualquier intención de revocar certificados.
- Entrenar a un equipo en las mejores prácticas en información y seguridad.
- Ser capaz de almacenar los datos y certificados con la máxima seguridad y formas más elevadas de confianza, así como la toma de medidas para evitar la falsificación o robo.
- Mantener los datos en los certificados incluso después de que un certificado haya sido revocado por un período de tiempo apropiado. Esto se recomienda para ser hecho en una base de datos de certificados donde se puede registrar cualquier cambio como la revocación.
Resumen.
Los reglamentos eIDAS son redactados
vagamente porque no pueden comprometerse a un cierto tipo de tecnología o
proceso de validación. Como resultado, las definiciones están abiertas a la
interpretación. Lo que podemos conjeturar de la regulación, es que un tribunal
u órgano jurídico de gobierno, tendrá que ver que la firma electrónica esté
firmada criptográficamente con una credencial expedida por un proveedor de
servicios de confianza y con sellos de tiempo para evitar la manipulación.
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